En consecuencia, por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos; este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas Sección Adolescente, constituido como Tribunal Mixto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por Unanimidad emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se sanciona al adolescenteARTICULO 65 LOPNA, venezolano, natural de Caracas, nacido el 24 de abril de 1990, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad número, estudiante de quinto año de bachillerato, residenciado en el Barrio Cataniapo, calle principal, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, a cumplir la medida de Semilibertad por el lapso de un (1) año, y de manera simultánea la medida de las Reglas de Conducta consistentes en el deber de continuar cursando sus estudios de educación formal y abstenerse de permanecer en lugares públicos después de las nueve de la noche sin la compañía .....