una vez cumplido dicha imposición, el adolescente deberá cumplir con el régimen de presentación cada TRES (03) días por ante la Oficina de Régimen de Presentaciones de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, la cual se hace efectiva el día de hoy, por lo que este Tribunal procede a imponer a los ciudadanos NORELYS TIBISAY ARANGUREN DE ACEVEDO, venezolana, natural de San Fernando de Apure, estado Apure, titular de la cédula de identidad Nº V-12.321.133, numero telefónico 0414-478-8412, 0248-521-4796, urbanización san enrique, calle don julio, casa Nº 8, frente a la iglesia la hermosa, y RAFAEL EMIRO ESCORCHE PULGAR, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-12.451.362, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, numero telefónico 0426-739-7095, 0248-521-1404, segunda calle Nº 16, al lado de directv, via el mirador, quienes por este acto se constituyen en fiadores del adolescente acusado de marras de las siguientes obligacion.....