ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: DECRETA PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano: JOSÉ RAFAEL CACHARACO CONCEPCIÓN, titular de la cedula de identidad Nº V-7.147.298, venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido el 12-05-1968, profesión u oficio Docente, de 40 años de edad, residenciado en Urbanización Ruiz Pineda, casa Nº 09, color azul, frente a la Bodega Doña Juana, de esta ciudad, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que manifestó en la audiencia la necesidad de la practica de diligencia necesarias para la .....