Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público y se acuerda seguir las reglas del procedimiento especial, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la causa seguida al JOSÉ RAMIRO BASTIDAS CURBELO, de nacionalidad venezolano, Titular de la cedula V-25.734.693, de 42 años de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 24/09/1968, residenciado en la comunidad Provincial, calle principal, casa s/n, de color naranja, del Municipio Atures, Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, PSICOLIGICA y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 42, 39 y 41, de la Ley Orgánica Sobre el.....