En consecuencia, este Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PROTECCION Y SEGURIDAD en contra del imputado JAVIER ALEXANDER ABREU CORTEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13.325.836, natural de San Juan de Manapiare, Estado Amazonas, donde nació en fecha 04/08/1974, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil y residenciado en la Urbanización Carinaguita, sector El Bolsillo, cuarta calle, entrando por la Bloquera Sorocaima, casa, s/n, hijo de Manuel Abreu (f) y de Anajulia Cortéz (f), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de violencia. POR la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA y PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 42 ejusdem, en perjuicio de la ciudada.....