Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ser competente para conocer de la presente causa. SEGUNDO: Sin Lugar el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano HUMBERT ALBERTO NAVAS HERMOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.902.774, representado por el abogado CARLOS JOSÉ CARMONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.920.237, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número N° 124.350, contentivo del Recurso de Nulidad, incoado contra el acto administrativo contenido en la resolución N° 322-09, de fecha 03 de Julio de 2009, suscrita por el ciu.....