Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos LUÍS ALBERTO LINARES HIGUERA y ORAIMA JOSEFINA GONZÁLEZ DE LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V.-14.650.247 y V.-15.303.843 respectivamente, ambos cónyuges entre sí, con domicilio en esta ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en consecuencia, declara disuelto el matrimonio civil celebrado en fecha veintiuno (21) de agosto de 1.999, que contrajeron por ante la Prefectura de de la Parroquia Cabruta, del Municipio Autónomo Las Mercedes del Llano, Estado Guarico, y anotada bajo el N°.-41 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa Jefatura Civil.
Se homologan los acuerdos celebrados por los solicitantes en.....