Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la calificación de aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano FRANKY LEOVARDO HERNANDEZ ACOSTA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.946.820, natural de esta ciudad, donde nació el 21-12-1965, de 46 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ingeniero, residenciado en el barrio Negra Hipólita, a 50 metros de Mercal, casa s/n de esta ciudad, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal y DETENTACION DE ARMAS BLANCA, previsto y sancionado con el artículo 277 del Código Penal.....