ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido al ciudadano PEDRO JAVIEL SANDOVAL GALINDO, de nacionalidad Venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº V- 18.554.766, de estado Civil soltero, de Profesión u Oficio vigilante y latonero, de 23 años de edad, natural de Caracas, de fecha de nacimiento 03/01/1989, Residenciado en el Sector 57 calle principal casa S/N en la Y de la licorería denominada AVILMAR, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, a quien la Fiscalía Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial le imputa la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el articulo 277 deL Código Penal, concatenado con el 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivo, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí imp.....