este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio presentado por los ciudadanos: KAILENY DE LOS ANGELES PRATO y ALEXIS EDUARDO ALAJE LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números. V.- 15.086.776. y 13.714.536. De conformidad con lo preceptuado en el contenido de los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerdan expedir las copias certificadas solicitadas por las partes, previa revisión y certificación por ante la Secretaría de esta Sala de Juicio Nro.- 01. Cúmplase.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los catorce (14) días del mes de julio del año 2.008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
ABG. MILAGR.....