Se DECRETA la colocación familiar provisional a favor de los niños (IDENTIFICACIÓN OMITIDA), y la misma sea ejecutada en el hogar de la ciudadana CARMEN GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-10.924.724, por un lapso de treinta (30) días contados a partir de la publicación del presente decreto, hasta tanto el Equipo Multidisciplinario, adscrito a esa Sala de Juicio, realice un estudio social a los ciudadanos CARLOS BOLÍVAR y AURORA MARÍA BOLÍVAR, de lo cual se informará mediante oficio al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Atures, estado Amazonas. Asimismo, se ordena a dicho Equipo Multidisciplinario, realizar cada quince (15) días evaluación y seguimiento en el presente caso, a fin de obtener información acerca de la salud, desarrollo, crecimiento y maduración referida a las áreas congnitiva, psicomotriz, lenguaje, socio afectivo, emocional y su expresión en términos de conducta y comportamiento de la interacción y conv.....