Se declara CON LUGAR la solicitud de Registro de Manera Excepcional y Provisoria de la Entidad de Atención "Sabiduría de la Vida" , de conformidad con los artículos 206, 207, 208, en concordancia con lo estipulado en el artículo 679 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, presentada por la ciudadana MARIA MAGALY VILARIÑO DE VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.441.004, y de este domicilio, en su carácter de Directora de la "Sabiduría de la Vida", en consecuencia se ordenar inscribir en el Libro de Registro de la Casa de Abrigos llevados por este Tribunal a la precitada y a los ciudadanos MARIA MAGALY VILARIÑO DE VILLAROEL, VILLARROEL BRICEÑO JOEL RAFAEL, URIEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ALI KASSEN HABLAN GUARUYA, LOPEZ CAMICO APOLO, VILLAFRANCIA DE RODRIGUEZ DELIA LUISA y LARA DE ABREU ALEXIS JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.441.004, 10.730.455, 17.105.233, 14.243.414, 15......