Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 250, 251, 252, y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra los ciudadanos, PEDRO SALAZAR CORTEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.924.253 natural de Cunaviche, estado Apure, de 38 años de edad, de estado civil casado, de profesión albañil, residenciado en el Triangulo d e Guaicaipuro, calle principal abasto LUIMAR y DIEGO MARTINEZ TORRES, de nacionalidad venezolana, indocumentado, natural de la población de Medellín Colombia, nacido el 22-07-90, de 21 años de edad, soltero, de profesión pescador, residenciado, en una residencia cerca del solar de la Abuela Sr. Victor, a quienes la fiscalía del ministerio público les im.....